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Año de publicación: 2017

Estudio y propuestas sobre la determinación del impuesto inmobiliario urbano en la provincia de Córdoba: evaluación de rendimiento fiscal e impacto socioeconómico


Resumen

El Impuesto Inmobiliario Urbano de la provincia de Córdoba se aplica sobre todos los inmuebles urbanos de la provincia, y surge de aplicar a la base imponible correspondiente a cada inmueble los montos fijos y las alícuotas que son definidos por la Ley Impositiva Anual. La base imponible del tributo surge de sumar las bases imponibles del terreno y de las mejoras existentes sobre el mismo (edificaciones); estas dependen de la valuación fiscal determinada por la Dirección General de Catastro y son actualizadas mediante coeficientes que fija anualmente la Ley Impositiva.

El presente estudio hace un análisis del Impuesto Inmobiliario Urbano desde una perspectiva económica y jurídica, que será complementada con un análisis catastral en una Etapa 2 de trabajo. Se destaca como diferencia la aplicación de un impuesto inmobiliario complementario en la provincia de Buenos Aires para cada conjunto de inmuebles del mismo tipo (baldío, edificado urbano o rural) del mismo contribuyente, el Impuesto adicional a Grandes Propietarios de Suelo Urbano Vacante (GPSUV) para contribuyentes con más de 3.000 m2 de baldíos en Santa Fe, y el uso de impuestos adicionales para terrenos baldíos en Santa Fe y Mendoza en lugar de aplicar alícuotas diferenciadas como lo hacen Córdoba y Buenos Aires.

Por último, se propone una mejora metodológica en la determinación del impuesto inmobiliario, basada en la determinación de aglomerados urbanos y zonas de renta urbana en ellos, para los cuales se establecerían valores unitarios de tierra y mejoras en base a valores de mercado de las propiedades de la zona.



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