Documento

Año de publicación: 1963

Anticipos del Gobierno nacional a las provincia, Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, para la financiación de obras públicas


Resumen

 

Anualmente la ley de presupuesto de la Nación asigna un monto global de recursos para distribuir entre las Provincias, la Ciudad de Buenos Aires y Territorio de Tierra del Fuego, en carácter de anticipo reintegrable, destinado a la financiación de obras públicas. estableciendo que el Consejo Federal de Inversiones debe asesorar al Poder Ejecutivo en cuanto a su distribución. Tal asesoramiento es ejercido en ultima instancia por la Asamblea del Consejo Federal de Inversiones. La Secretaría General prepara en cada oportunidad y hace llegar a los Sres. Ministros integrantes de la Asamblea los estudios técnicos, la información y las sugerencias que considera de provecho, a los efectos expuestos precedentemente. El presente informe tiene por objeto reseñar los antecedentes generales del tema en un solo texto, de tal manera que la información y las sugerencias que la Secretaria General deba brindar en la oportunidad de cada asesoramiento. lo complementen sin necesidad de repetirlo. .




Autores Institucionales

» Consejo Federal de Inversiones

Descripción física

44 h.

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